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I.G.P. “Vino de la tierra de Castilla y León”

¿Qué es?

La I.G.P. “Vino de la Tierra de Castilla y León”, surge en el año 2000, promovida por un grupo de grandes bodegueros, cuya necesidad era canalizar una gran parte del vino elaborado en el territorio de Castilla y León. La reciente legislación Europea otorgó a las IGP’s el mismo nivel que las DOP’s, con lo que subió la cotización de sus tirillas y ha permitido un constante aumento de sus producciones tanto en blancos y rosados, como en tintos.

¿Quién pude acogerse?

Bodegas que elaboren, almacenen, envasen o embotellen y/o etiqueten vino, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, debidamente certificadas por el correspondiente organismo de control.

También pueden acogerse operadores situados fuera de Castilla y León que realicen la actividad de embotellado “en destino”, es decir que adquieran vino a granel procedente del territorio de Castilla y León.

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Beneficios.

Si la bodega está inscrita en una DOP:

  • Aumenta la cartera de productos ya que comercializa con dos marcas: D.O.P e I.G.P.
  • Frecuentemente, la I.G.P. permite el uso de variedades no acogidas a D.O.P.
  • Aumentan las opciones de comercialización: Permite el acceso a diferentes nichos de mercado, jugando con diferentes precios, productos, marcas o envases.
  • Puede aportar alternativas innovadoras en el diseño enológico, por la posibilidad de hacer distintas combinaciones de variedades.

Si la bodega NO está inscrita en ninguna DOP:

  • Comercializa el producto bajo una figura de calidad con igual categoría que una D.O.P.
  • Los costes de pertenencia a la figura de calidad son proporcionados y asequibles.
  • Más independencia operativa, ya que no está sometida al Reglamento del Consejo Regulador.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

–          Resolución de 26 de Octubre de 2020, por la que se adopta la modificación del Pliego de Condiciones de la I.G.P. Castilla y león.

–          Orden AYG/296/2013, de 5 de abril, de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León

–          Orden AGR/930/2019, de 27 de septiembre, por la que se modifica la Orden AYG/296/2013, de 5 de abril.

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